Humedales 

 

Sistema Palustre, Cenote Laguna el Nopalito, Quintana Rooistema

La Unión Mundial para la Conservación de la Naturaleza (IUCN por sus siglas en inglés) en la primera reunión de la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, mejor conocida como Convención Ramsar, adoptó una propuesta extremadamente amplia para determinar los humedales que se incluyen bajo su protección. En donde se definen los humedales como: "….extensiones de marismas, pantanos, turberas o superficies cubiertas de agua, ya sea de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluyendo las extensiones de aguas marinas, cuya profundidad en marea baja no excede los seis metros".

Además, esta definición adoptada desde 1971, establece que los humedales: "pueden incluir zonas ribereñas y costeras adyacentes a los humedales, así como las islas y cuerpos de agua marina, con una profundidad superior a los seis metros en marea baja, que se encuentren dentro del humedal" (Convención Ramsar, 1993).

Talvez la definición más comprensible, surgió después de varios años de revisión, por parte de los científicos del USFWS. Esta definición se presentó en el reporte titulado "Clasificación de Humedales y Hábitats de Aguas Profundas de los Estados Unidos" (Cowardin, et.al., 1979), en donde se definen los humedales como: "áreas en donde la saturación con agua es el factor dominante que determina la naturaleza del desarrollo del suelo y del tipo de comunidades de plantas y animales que viven en el suelo o en su superficie. La característica que todos los humedales comparten, es que el suelo o el sustrato está al menos periódicamente saturado o cubierto con agua. Los humedales son áreas de transición entre los sistemas acuáticos y terrestres, en donde el nivel freático usualmente está a nivel de superficie o cerca de ésta, o la superficie está cubierta por aguas someras".

Sistema Estuarino, Ría Celestún, Yucatán